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MAYO 2020

Panama aprueba la publicacion de los beneficiarios finales y efectivos de sociedades domiciliadas en Panama


Panama recientemente aprobo la Ley 129 de 17 de marzo de 2020, en la que se acuerda que todas las personas juridicas panameñas deben inscribir, a traves de su agente residente, la identidad e informacion de contacto de las personas naturales que directa o indirectamente controlen al menos 25% de los derechos de voto o ejerzan un control o influencia significativa sobre la persona juridica.

Los funcionarios de la Superintendencia sólo podrán ingresar a la base de datos por teoacuterminos limitados, para ubicar información que sólo podrá proveer a autoridades locales o extranjeras legítimamente autorizadas para investigar actividades ilícitas, por lo que la información no será plenamente pública.

El agente residente tendrá que registrar la información del beneficiario final de cada sociedad una sola vez y sólo tendrá la responsabilidad de renovarla dentro de un término de 30 días luego de un cambio de beneficiario final.

La Ley establece sanciones para la persona jurídica y el agente que no cumplan con el registro o actualización de los beneficiarios finales en los términos fijados.