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JUNIO 2020

Uruguay aprueba cambios para facilitar la obtencion de residencia fiscal


El pasado jueves 11 de junio de 2020, se publico el decreto 163/020. El mismo modifica las condiciones necesarias para obtener la residencia fiscal en Uruguay en lo concerniente a intereses economicos en el pais.

- Inversión en bienes inmuebles, por un valor superior a 3.500.000 unidades indexadas (aprox. USD 370.000), siempre que se realice a partir del 1 de julio de 2020 y se registre una presencia física efectiva en territorio uruguayo durante el año civil y por al menos 60 días
- Inversión directa o indirecta en una empresa por un valor superior a 15.000.000 de unidades indexadas (aprox. USD 1:500.000), siempre que se realice a partir del 1 de julio de 2020 y se generen, mínimo, 15 nuevos puestos de trabajo directo en relación de dependencia, a tiempo completo, durante el año civil

Tax Holiday:
Las personas físicas que adquieren la calidad de residente fiscal en Uruguay podrán optar por tributar Impuesto a la Renta de No Residente por el ejercicio fiscal que se verifique el cambio de residencia y cinco años fiscales más. La opción podrá realizarse por única vez y exclusivamente con relación a los rendimientos de capital del exterior. En tal sentido, cabe mencionar que a partir del 1 de enero de 2011 en Uruguay se aprobó la extensión al criterio de la fuente, que hasta el momento era puramente territorial. Estableciéndose entonces que los rendimientos de capital mobiliario provenientes de depósitos, préstamos y en general de toda colocación de capital o de crédito de cualquier naturaleza, obtenidos en el exterior, pasaran a estar gravados por el Impuesto a la Renta de Personas Físicas a una tasa del 12%.
En los próximos días, será enviado al parlamento, un proyecto de ley que busca aumentar el Tax Holiday a diez años.