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ENERO 2020

SAS - Nuevo tipo de sociedad en Uruguay

El Poder Ejecutivo de Uruguay reglamenta la creación de la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)

El Poder Ejecutivo ha reglamentado la creación de un nuevo tipo de sociedad anónima orientada a start-ups y emprendedores con numerosas ventajas en cuanto a simplificación de procesos, velocidad de apertura y acceso al sistema financiero.

Sus principales características son:

- Se han publicado formatos pre aprobados de estatutos de sociedades por acciones simplificadas en la web del Registro Nacional de Comercio. Una sociedad constituida con los mismos, deben ser calificados en un plazo no mayor a 5 días hábiles, luego de dicho plazo, se obtendrá número de identificación fiscal y laboral en los organismos correspondientes en trámite en el día, con lo que quedará levantada la última observaciones del RNC y la sociedad quedará constituida y funcional a todos los efectos.

Otras características de las SAS:

- Las reuniones societarias se convocarán vía mail, podrán realizarse por medios de comunicación digitales y el consentimiento se podrá comunicar electrónicamente.
- Formalmente, las SAS no están obligadas a contar con un Administrador y contarán con el mismo tratamiento fiscal que las sociedades personales.

La reglamentación también contempla las regulaciones a las que estará sujeto el nuevo tipo societario, las cuales son similares a las Sociedades Anónimas y las Sociedades de Responsabilidad Limitada en cuanto a información de beneficiarios finales, aumentos de capital y procedimientos de Compliance.

Esta reglamentación inicial presenta elementos del espíritu de la ley, pero es de esperar que futuras modificaciones reduzcan aún más los plazos para aprobación de la sociedad, se creen herramientas electrónicas para los trámites correspondientes y se generen los mecanismos para que las SAS puedan acceder a servicios bancarios con mayor celeridad.