En el día 5 de septiembre 2014 se ha firmado una cuarta enmienda al acuerdo entre Francia y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y establecer normas recíprocas de asistencia administrativa en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en París el 01 de abril 1958.
La enmienda aclara el cuerpo de la Convención mediante el establecimiento de sanciones a la ubicación de las propiedades poseídas indirectamente por un individuo o una compañía en otro estado, poniendo fin a las situaciones de no imposición.